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viernes, 18 de junio de 2021

Burocracia

 


I

Aunque la palabra tiene varios significados de acuerdo al Diccionario de la Real Academia de la lengua, es inevitable pensar en uno de ellos de manera predominante:

4. f. Administración ineficiente a causa del papeleo, la rigidez y las formalidades superfluas.

Pero si queremos plasmar en imágenes a la burocracia, nada mejor que la mascota de Mafalda, el personaje creado por Quino:  una tortuga.

La expectativa que tiene el ciudadano ante las autoridades, especialmente las “nuevas autoridades”, aquellas que vienen a hacer las cosas distintas, a recobrar la confianza, es que combatan a la burocracia, ya sea simplificando los protocolos, modificando las leyes o reglamentos o simplemente trabajando con las rendijas que los mismos dejan, sin violarlos, para que dejen de ser obstáculos a los fines que se persiguen.  Se suponen que conocen los problemas a los cuales se enfrentan y vienen con propuestas para solventarlos.

 

II

El rector del CNE Roberto Picón, habilitó un correo de “reclamos y solicitudes” (ReclamosySolicitudesJNE@gmail.com) para que los ciudadanos contribuyéramos a solventar los problemas del Registro Nacional Electoral, cuya actualización es menester de la Junta Nacional Electoral. 

Valorando la iniciativa e interesado en el asunto, les escribí:

Estimados Señores

Mi madre Libia Margarita González de Luy, CI xxxxxx, falleció el 31 de enero de 2012 aún aparece como apta para votar en el registro del CNE.

Espero que corrijan esa situación, que no debería estar ocurriendo y que las autoridades y el CNE hasta ahora no han hecho nada por solventar.

Enviado el “reclamo y la solicitud”.

12 días más tarde, recibí la respuesta:

 

Respetuosos saludos;

Por medio de la presente me dirijo a Usted, a los fines de dar respuesta a su solicitud, lo cual, hago con el debido respeto en los siguientes términos:

El artículo 34 Ley Orgánica de Procesos Electorales dispone que el proceso de depuración del Registro Electoral lo realizará la Comisión de Registro Civil y Electoral mediante oficio o por conocimiento de una denuncia. Una vez constatados los hechos, procederá a excluir, revertir o suspender según corresponda:

1.    Los ciudadanos fallecidos y ciudadanas fallecidas (…).

En virtud de lo antes expuesto, se sugiere cumplir con la norma citada, anexando como elemento probatorio la respectiva acta de defunción. Dicho trámite deberá realizarse por ante la Oficina Regional Electoral del lugar donde se emitió el acta en cuestión.   

Sin más a que hacer referencia se suscribe, de Usted

RECTORÍA RPH JNE

 

III

Confieso que yo esperaba, deseaba, otra cosa.  Podía ser una respuesta de ese tipo, que es estructuralmente formal y legal, pero acompañada de un gesto del nuevo CNE, que mostrara un interés para cambiar las cosas. 

Un, por ejemplo, “en qué Municipio se elaboró la carta de defunción para pedir la información”, o “podría enviarnos escaneada el acta de defunción” aunque lo máximo habría sido, “estamos solicitando a las autoridades responsables, una actualización de los ciudadanos fallecidos para desincorporarlos del registro electoral”.  No estarían violando la ley, pero si estarían centrados en una labor prioritaria para evitar que los muertos sigan votando.

La respuesta: burocracia, que libera al CNE y pone el trabajo y la responsabilidad en el ciudadano.  Se que más de uno está pensando:  si tanto te importa, por qué no cumples tú con la ley.

A otros familiares y conocidos fallecidos, los han desincorporados sin que nadie haya tenido que atender a lo establecido en el “artículo 34 Ley Orgánica de Procesos Electorales”.  El CNE lo hizo con la información que manejan otros entes del estado, como pasa en el Seguro Social cuando fallece un pensionado.  Mi padre muerto en 2015, la Sra. F en 2016 y la Sra C., fallecida en 2017, no aparecen en el registro, sin que ninguno de sus familiares tuviéramos que apelar a la recomendación burocrática.  Por qué ha de ser diferente en caso de mi madre.

Además, para estos tiempos, pienso en los millones de venezolanos que hoy les toca patear el planeta y tendrán familiares que seguirán en el registro simplemente porque no tienen la posibilidad de acudir con el acta de defunción “por ante la Oficina Regional Electoral del lugar donde se emitió el acta en cuestión”.  Argentina, Chile, España o el río Grande quedan un poco lejos.

Lejos, todo parece quedar muy lejos.


Alejandro Luy